Mirta Gladys Domínguez (foto) pidió un préstamo en una financiera. Le dieron $25.000 y le hacen devolver más de tres veces el monto recibido, según señala la presentación ante el Ministerio Público Fiscal, que cuenta con el aval de dos diputados.
El Poder Judicial pampeano tiene en sus manos un caso concreto en el que se denuncia una usura: Mirta Gladys Domínguez aparece como la víctima de la financiera “Provencred” en el expediente que se presentó ante el Ministerio Público Fiscal y en el que también se le dio intervención a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
La denuncia por el caso que perjudicó a la mujer hace base en el artículo 175° bis del Código Penal, que reprime con una pena de prisión de 1 a 3 años y multa de 5.000 a 20.000 pesos al que “aprovechando la necesidad, la ligereza o la inexperiencia de una persona le hiciere dar o prometer, en cualquier forma, para sí o para otro, intereses u otras ventajas pecuniarias evidentemente desproporcionadas con su prestación, u otorgar recaudos o garantías de carácter extorsivo”.
A continuación la cláusula en cuestión señala que “La misma será aplicable al que a sabiendas adquiriere, transfiriere o hiciere valer un crédito usurario”. El Código Penal impone una pena más elevada (prisión de 3 a 6 años y multa de 15.000 a 60.000 pesos) “si el autor fuere prestamista o comisionista usurario profesional o habitual”.
La denuncia señala que el préstamo otorgado por Provencred creó una fuente de ingresos o negocios delictivos que constituyen la nota central para la consideración de la agravante.
No le quedó otra
La presentación ante el Poder Judicial indica que Domínguez, por carencia de fondos, se encontró en el trance de procurárselos a cualquier precio y de aceptar una imposición desmedida de parte de la financiera. Debió acceder al préstamo a tasas usurarias a partir del fallecimiento de su pareja (por entonces única fuente de ingresos del grupo familiar), para afrontar un conjunto de deudas remanentes originadas en la suspensión de las tareas laborales que realizaba su pareja por haber contraído una grave enfermedad que terminó con su vida. Además debió solventar los gastos de sepelio, traslado y otros.
Sólo evaluó su capacidad de pago de cuotas pequeñas, sin reparar que terminaría pagando tasas de interés usurarias que suponen la devolución, al cabo de 3 años, de más de tres veces el monto recibido (obtuvo $25.000 y al cabo de 36 meses se supone que restituya $ 89.357,6), señala la denuncia.
“Evidentemente existe un interés excesivo en el préstamo en análisis, pensado para reportarle una ganancia desmedida a la entidad financiera que lo otorgó. Resultan insultantes las condiciones impuestas, que exigen la devolución de una cantidad de dinero que supera ampliamente (casi cuadruplica) el monto prestado”, señala la presentación, que contó con el aval de los diputados Martín Berhongaray y Luis Solana.
Los legisladores pidieron “un un fallo ejemplarizante para que se extienda a todos las situaciones de usura. No vamos a dejar que le sigan robando a los humildes”.
También advierten que “la usura constituye un flagelo para la economía, para la sociedad, para las personas y para el Estado. A pesar de ser despreciada y condenada en todo el mundo, se advierte que el sistema (doctrina, legislación y jurisprudencia) brinda respuestas vagas, imprecisas e insuficientes a esta problemática”.
Algunos números
La Tasa Efectiva Anual impuesta por Provencred fue de nada menos que el 139,84 por ciento. “No estamos ante una tasa de interés razonable que equilibre la rentabilidad del prestador y el costo del prestatario”, dice la presentación. Pone como ejemplo las tasas de otras entidades crediticias: Santander, 46,59%; Banco Nación, 38,43%; ISS, 29,84%.
Otro aspecto demostrativo del abuso lo constituyen los intereses por mora calculados en función del plan de cuotas. A modo de ejemplo citan que la cuota N° 2 con vencimiento el 25/12/2013 liquidó intereses por mora al 25/06/2014 por un 115% o un 19% mensual. De este modo, la cuota vencida pasó de $2.076,10 a $ 4.460,20. “Ello hace suponer un crecimiento de la capitalización del préstamo a todas luces desmedido, representando para la víctima una verdadera pesadilla”, indica la denuncia.
La presentación, además, recuerda que el Banco Central de la República Argentina estableció una serie de disposiciones modificando el régimen normativo para los préstamos personales y prendarios, adoptando “tasas de interés de referencia” y regulando el acceso al financiamiento de los proveedores no financieros de crédito, esto es, de aquellas personas jurídicas que, sin ser entidades financieras supervisadas por el BCRA, ofrezcan crédito a individuos.
El pedido al fiscal interviniente es que “sea permeable a la pretensión enderezada a combatir la usura, impulse la investigación hacia un fallo ejemplarizante que termine por condenar una práctica ilícita de hondas consecuencias sociales, toda vez que no sólo provoca el enriquecimiento indebido de quien prestó el dinero, sino que decanta en un incremento de de la desocupación, genera empobrecimiento, y fomenta la explotación de los débiles”.
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