viernes, 16 de diciembre de 2016

DIPUTADOS REPUDIAN BLANQUEO DE CAPITALES A FAMILIARES DE FUNCIONARIOS



Los bloques del PJ y FREPAM de la Cámara de Diputados provincial reprueba el decreto del gobierno nacional que permite que familiares de funcionarios se adhieran al Régimen de Sinceramiento Fiscal. Argumentan que “el presidente va mucho más allá de sus atribuciones, pasando por encima de la voluntad del legislador, el espíritu de la ley y violando la prohibición legal” y los consideran de “gravedad institucional”. 

En los fundamentos del proyecto de resolución que emitieron todos los legisladores justicialistas junto a Patricia Testa, Marcela Colli y Abel Sabarots del Frepam se hace un detalle pormenorizado de los alcances del Régimen de Sinceramiento Fiscal, forma un sistema voluntario y excepcional de declaración de tenencia de moneda nacional, extranjera y demás bienes en el país y en el exterior, más conocido como “Blanqueo de Capitales”. 
“En el artículo N°82, se establecen excepciones a personas que por su condición no podrían acogerse a tal beneficio, en su gran mayoría funcionarios públicos. En ese mismo sentido, la Ley en cuestión nos indica, a través de su artículo N°83, que ‘Quedan excluidos de las disposiciones del Título I del libro II los cónyuges, los padres y los hijos menores emancipados de los sujetos alcanzados en los incisos a) al w) del artículo 82.’, impidiendo que familiares de vínculo filial directo con funcionarios de cargos electivos pudieran ser beneficiados por esta ley”, señala un extracto del escrito.  
El proyecto amplía y expresa que “tras el Decreto del Poder Ejecutivo Nacional N°1206/16, y más precisamente en su artículo N°6, se incorpora al artículo N° 21 del Decreto 895/16 (que reglamentó la Ley Nacional N° 27.260), un párrafo que dice ‘Los sujetos comprendidos en el Artículo 83 de la Ley N° 27.260 podrán efectuar la declaración voluntaria y excepcional, dispuesta en el Título I del Libro II de la ley, exclusivamente respecto de los bienes que acrediten se encontraban incorporados en su patrimonio con anterioridad a la fecha en que los sujetos enumerados en los incisos a) al w) del Artículo 82 de la Ley N° 27.260, hubieran asumido los respectivos cargos”.

Los legisladores pampeanos coinciden en que “esto sin lugar a dudas abre dos posibilidades: Por un lado que muchos familiares de funcionarios sean beneficiados por el blanqueo de capitales; Por el otro, que el Presidente de la Nación en su decreto va mucho más allá de sus atribuciones, pasando por encima de la voluntad del legislador, el espíritu de la ley y violando la prohibición legal. Esto reviste una gravedad institucional inusitada que atropella y avasalla la voluntad manifiesta de otro poder como es el legislativo, excediéndose en el uso de sus facultades que le atribuye nuestra Constitución Nacional”. 

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