martes, 21 de abril de 2015

Condenan a un santarroseño a 15 años de prisión por abusar de su hija



judicial
Un comerciante de 38 años fue condenado a 15 años de prisión por haber abusado de su hija. El Tribunal de Audiencia, conformado por los jueces Andrés Olié, Carlos Mattei y Daniel Sáez Zamora, lo halló culpable del delito de abuso sexual mediando violencia y amenaza, agravado por haber existido acceso carnal y por resultar el autor del hecho su padre, como delito continuado.
Además dispuso mantenerle la prisión preventiva hasta que el fallo quede firme.
Por otra parte, el tribunal rechazó un planteo de nulidad formulado por el defensor particular Omar Gebruers acerca de que se omitió producir el informe del artículo 82 del Código Procesal Penal, referido a la realización de un examen mental obligatorio al acusado. “Debe rechazarse la pretensión de la defensa en el sentido de sostener la existencia de una actividad procesal defectuosa, precisamente por haberse omitido la realización del examen, ya que se ha cumplido –correcta y adecuadamente– con la incorporación del documento” del psiquiatra forense Martín Ricado Telleriarte asegurando que el imputado comprendía sus actos.
La justicia dio por demostrado que el imputado penetró tres veces a su hija –desde que tenía 13 años hasta los 16– y agregó que “amén de estos hechos puntuales de acceso carnal, durante todo ese tiempo existieron diversas situaciones de tocamientos, roces, exhibiciones y demás acontecimientos también con contenido sexual”.
“Todos estos actos, siempre conforme la versión directa de la víctima, fueron posibles en función de la violencia física y psicológica que ejercía el acusado sobre ella y todo el grupo familiar; refiriendo múltiples hechos de violencia física y amenazas, temiendo incluso por su vida y la integridad física de sus hermanos”, expresaron los jueces en la sentencia.
La fiscalía había solicitado una pena de 20 años y Gebruers la absolución del padre, por considerar que los hechos no ocurrieron como fueron descriptos. El tribunal, para fijar la pena, tuvo en cuenta –como una circunstancia especial– la extensión del daño causado ya que la menor padeció problemas personales y en las relaciones interpersonales, mermó su rendimiento escolar, mostró sentimientos de culpabilización por la situación que había denunciado y sufrió pesadillas y comenzó a tener miedo de salir sola.
Un detalle particular de la causa es que la denuncia judicial fue promovida por el director de la escuela donde la víctima (hoy de 17 años) cursaba sus estudios, luego de enterarse de los abusos a través de una profesora , quien –con autorización judicial– se llevó a la alumna a vivir con ella a su casa.

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