La Subsecretaría de Industria y Comercio, Pequeñas y Medianas Empresas, en su carácter de Autoridad de Aplicación de la Ley N° 2717, que regula los horarios de establecimientos comerciales en todo el territorio provincial, también conocida como "descanso dominical", informa que al día de la fecha no se ha aplicado multa alguna a los titulares de comercios que incurrieron en violaciones a lo dispuesto por la Ley.
La titular de la Subsecretaría, María Teresa Álvarez, explicó que "lo que se ha efectuado son intimaciones a 17 comercios que fueron denunciados ante esta Subsecretaría, radicados en Santa Rosa y en otras localidades de la Provincia. Algunos han efectuado su respectivo descargo dentro del plazo otorgado, otros aún no lo han hecho".
La funcionaria explicó que el trámite siguiente es, en los casos que corresponda, aplicar las sanciones previstas por la legislación.
Cabe recordar que la Ley N° 2717, surgida del consenso entre legisladores, cámaras empresariales y representantes de los trabajadores del sector, es de aplicación en todo el territorio, independientemente de que los Municipios adhieran o no a la norma. También se cree oportuno recordar que las sanciones previstas son multa y clausura temporaria.
La limitación impuesta por la Ley está referida a que los establecimientos con superficie superior a los 40 metros cuadrados deberán desarrollar sus actividades de lunes a sábados, entre las 06:00 y las 24:00 horas. Hay excepciones previstas por la normativa vigente que alcanzan a quienes vendan exclusivamente productos alimenticios, heladerías, panaderías, servicios gastronómicos, videoclubes, actividades del Estado Provincial y/o Municipal, entre otras.
El teléfono de la Subsecretaría es 02954 – 421811 y de 07:00 a 13:30 horas, allí podrán efectuar consultas los interesados en asesorarse sobre distintos aspectos de la normativa vigente, o dirigirse al Tercer Piso de Casa de Gobierno.
La titular de la Subsecretaría, María Teresa Álvarez, explicó que "lo que se ha efectuado son intimaciones a 17 comercios que fueron denunciados ante esta Subsecretaría, radicados en Santa Rosa y en otras localidades de la Provincia. Algunos han efectuado su respectivo descargo dentro del plazo otorgado, otros aún no lo han hecho".
La funcionaria explicó que el trámite siguiente es, en los casos que corresponda, aplicar las sanciones previstas por la legislación.
Cabe recordar que la Ley N° 2717, surgida del consenso entre legisladores, cámaras empresariales y representantes de los trabajadores del sector, es de aplicación en todo el territorio, independientemente de que los Municipios adhieran o no a la norma. También se cree oportuno recordar que las sanciones previstas son multa y clausura temporaria.
La limitación impuesta por la Ley está referida a que los establecimientos con superficie superior a los 40 metros cuadrados deberán desarrollar sus actividades de lunes a sábados, entre las 06:00 y las 24:00 horas. Hay excepciones previstas por la normativa vigente que alcanzan a quienes vendan exclusivamente productos alimenticios, heladerías, panaderías, servicios gastronómicos, videoclubes, actividades del Estado Provincial y/o Municipal, entre otras.
El teléfono de la Subsecretaría es 02954 – 421811 y de 07:00 a 13:30 horas, allí podrán efectuar consultas los interesados en asesorarse sobre distintos aspectos de la normativa vigente, o dirigirse al Tercer Piso de Casa de Gobierno.
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