lunes, 23 de diciembre de 2013

CERTIFICACIONES DE FIRMA

La Dirección General de Rentas de la Provincia informa que según lo establece la Resolución General N° 32/13, a partir del 1 de enero de 2014 el pago de la Tasa Retributiva de Servicio correspondiente a las Certificaciones de Firma que efectúan los Jueces de Paz y la Policía Provincial, deberá realizarse únicamente mediante la utilización del comprobante que al efecto se emite desde la página oficial del Organismo en Internet www.dgr.lapampa.gov.ar
Dicho comprobante podrá ser abonado en las sucursales del Banco de La Pampa, agencias de Pampa Pagos, Receptorías Municipales, Colegio de Escribanos, Consejo Profesional de Ciencias Económicas y Caja Forense.
Por ello a partir del 1 de enero no serán válidos como medio de pago los timbrados o las estampillas fiscales.
Para mayor información los interesados podrán dirigirse al teléfono 02954 – 452615 o al correo electrónico rentas@lapampa.gov.ar

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Nota: solo los miembros de este blog pueden publicar comentarios.